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DELITOS
MENORES Y LA SEGURIDAD CIUDADANA
Por: Dr. Hugo Muller Solòn
(*)
INDICADORES DE LA SEGURIDAD
CIUDADANA CON RESPECTO A LA REFORMA PROCESAL PENAL.
La Reforma Procesal Penal, se
inicia el 01 de Julio del año 2006 en el Distrito
Judicial de Huaura y ha continuado el 01 de Abril
del año 2007 en el Distrito Judicial La Libertad.
Es necesario contar con indicativos que nos informen
de los efectos que esta reforma está teniendo
sobre aquellas mismas dimensiones que tradicionalmente
se han utilizado para medir o evaluar el estado
de la Seguridad Ciudadana, es decir: percepción
de inseguridad frente al delito, temor, victimización
y denuncias oficiales, teniendo en cuenta fundamentalmente
que la Exposición de Motivos del Decreto Legislativo
Nº 957, determina que el Código Procesal Penal
es un "instrumento normativo cuyo último fin es
lograr el equilibrio de dos valores trascendentes:
Seguridad Ciudadana y Garantía.
Vemos por ejemplo, que al cumplirse
un año de la puesta en vigencia del Nuevo Código
Procesal Penal (NCPP) en el Distrito Judicial
de Huaura, se ha destacado que el principal logro
es la celeridad que ha permitido resolver más
de mil 264 expedientes en las diversas formas
previstas por el NCPP, pero no se dice nada sobre
sus efectos en la Seguridad Ciudadana. http://www.elperuano.com.pe/edc/2007/07/02/der1.asp.
LA PERCEPCIÓN CIUDADANA
El nuevo sistema procesal penal,
debería ser evaluado también desde la perspectiva
de la percepción de la población, realizándose
encuestas sobre la percepción de la ciudadanía
en torno a la forma cómo funciona la nueva justicia
penal y a la sensación de seguridad que ésta viene
generando en la población de los Distritos Judiciales
donde actualmente se viene aplicando (Huaura y
La Libertad). A saber, no se han hecho hasta la
fecha.
Sin embargo, cualquier ciudadano
nos puede informar que existe un índice de alto
temor a sufrir algún tipo de agresión violenta.
En la población trujillana existe la percepción
de que la nueva justicia penal es más ágil y transparente
pero que tiene poco impacto en la disminución
de los niveles de criminalidad y que es muy benevolente
con los imputados de cometer delitos. Asimismo,
percibe que el sistema persigue con eficacia los
grandes delitos (homicidios, violaciones sexuales,
etc.) pero deja impune los delitos menores, en
especial los que se relacionan con las infracciones
contra el patrimonio de menor cuantía (hurtos,
robos, estafas, receptaciones, etc.), pero que
a la larga son los que resultan afectando con
mayor incidencia a la población. Se critica el
llamado "exceso de garantismo" de la reforma,
estableciendo importantes limitaciones a la actuación
de la policía para realizar sus funciones.
Pero por otro lado, resulta preocupante
que el "exceso de garantismo" pudiera generar
"demasiada preocupación por los imputados y afectar
la investigación efectiva del Ministerio Público";
ya se conoce que algunos Fiscales y Defensores
de Oficio llegan a poner en tela de juicio la
intervención policial en defensa del imputado
y en contra del trabajo policial, en particular
de la prueba encontrada en poder de los intervenidos.
Se conoce también por intermedio de los medios
de comunicación, las declaraciones que hace el
General PNP Carlos León
Romero Director de la Tercera Dirección
Territorial Policial de Trujillo (OCT2007) quien
demostrando su preocupación por el incremento
de las denominadas "Extorsiones Telefónicas",
ha informado que como resultado de los operativos
policiales realizados durante los procesos de
investigación de los hechos denunciados, han sido
intervenidos veinticinco (25) personas involucradas
en estos ilícitos, de los cuales veintiuno (21)
han sido dejados en libertad por el Ministerio
Público. Las "Extorsiones Telefónicas" son
considerados delitos menores o de bagatela también
por el Ministerio Público?.
En octubre 2007, en el Distrito
Judicial La Libertad, se ha excarcelado mediante
beneficios penitenciarios a noventa y seis (96)
internos del Penal "El Milagro" que venían
siendo procesados por diferentes delitos, cuarentaidos
(42) de ellos por delitos de robo agravado, dieciséis
(16) por delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
nueve (09) por delitos de Hurto Agravado, Cuatro
(04) por delito de Secuestro. Que garantías protege
el nuevo modelo procesal penal, las de la Seguridad
Ciudadana o la de los trasgresores de la ley penal?
REFORMA NECESARIA
Una urgente reforma del Nuevo
Código Procesal Penal con la finalidad de tratar
de evitar márgenes de impunidad en la persecución
de los delitos, especialmente en los denominados
"delitos menores o delitos de bagatela", es
una necesidad urgente en la Región La Libertad,
en donde desde el 01 de Abril 2007 se viene aplicando
este nuevo marco normativo penal. Consideramos
que la misma necesidad se debe estar presentando
en el Distrito Judicial Huaura.
Las sanciones a estos "delitos
menores" es el área en donde la Reforma Procesal
Penal provoca mayor inquietud y preocupación en
la ciudadanía y en la Policía Nacional, dada la
prontitud con la que algunos individuos que han
incurrido en delito flagrante salen en libertad.
Se ha constituido en un problema sin resolver,
que poco a poco va ganando terreno a favor de
la impunidad, y en contra de la seguridad ciudadana.
Todavía se sigue pensando que
el ámbito de la Seguridad Ciudadana, es un asunto
que solamente le compete a la Policía Nacional,
de allí que la reforma tenga que enfrentarse a
críticas negativas, tales como aquellas que se
hacen respecto de que es un "sistema muy garantista",
que "desecha" los delitos de menor cuantía',
y que esto redundaría en un aumento de la victimización
por delitos contra el patrimonio; lo cierto es
que la sensación de inseguridad sigue en aumento,
la Policía Nacional ha ingresado a un círculo
vicioso de intervenir a las personas que han sorprendido
en el momento mismo de la comisión de un delito
(de los denominados "delitos menores" y
otros), para luego liberarlos por decisión del
Fiscal y enterarse luego que estas personas en
libertad son las que siguen cometiendo los mismos
delitos que motivaron su detención inicial, debiendo
esperar, si es que son reconocidos y denunciados
por las víctimas, la orden judicial para buscarlos
y volverlos a detener.
PROPUESTAS
Antes de continuar implementando
el nuevo sistema, las autoridades del Ministerio
de Justicia que lideran la reforma, deben proponer
los ajustes que sean necesarios para fortalecer
la protección de los derechos de las víctimas,
aumentar las atribuciones de la policía en la
tareas de prevención e investigación del delito
y mejorar la eficacia en la represión de los delitos
considerados simples, menores o de bagatela, evitando
la impunidad o el retardo de la justicia en estos
últimos casos. Recordar que el Nuevo Código Procesal
Penal es un "instrumento normativo"
cuyo último fin es lograr el equilibrio de dos
valores trascendentes: Seguridad Ciudadana y Garantía.
(*) Hugo
Muller Solón es abogado. Hasta el 27SET2007
perteneció al servicio activo de la Policía Nacional
del Perú (PNP), retirándose voluntariamente en
el Grado de Coronel PNP. Experto, investigador
y analista de temas vinculados a la Seguridad
Ciudadana. Llevó a la práctica en el Perú el primer
proyecto de Policía Comunitaria (2003-2005)
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